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Artikel 4 Verdrag inzake sociale zekerheid tussen het Koninkrijk der Nederlanden en de Spaanse Staat
Artículo 4 Los súbditos de una de las Partes Contratantes a los que sean aplicables las disposiciones del presente Convenio quedarán sujetos a las obligaciones y tendrán derecho a los beneficios de las legislaciones enumeradas en el Artículo 2, en las mismas condiciones que los súbditos de la otra Parte.
Bron: wetten.overheid.nl