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Artikel 6 Verdrag inzake sociale zekerheid tussen het Koninkrijk der Nederlanden en de Republiek Chili
Artículo 6 Información relativa a los períodos de trabajo o de seguro Con el objeto de determinar el derecho a una pensión o el cálculo de ésta conforme al Título III, Capítulos 2 y 3 del Convenio, la Institución Competente de un Estado Contratante remitirá a solicitud de la Institución Competente del otro Estado Contratante, la información verificada relativa a los períodos de trabajo o seguro cumplidos en virtud de su legislación así como cualquier otra información disponible que pueda ser requerida por aquélla.