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Artikel vigesimo segundo Verdrag inzake de erkenning van de internationale rechtspersoonlijkheid van het Internationaal Aardappelcentrum (CIP)
Artículo vigesimo segundo De las sesiones ordinarias de la Junta Directiva Corresponde a la Junta Directiva en sesión ordinaria: a) Establecer las políticas del CIP y aprobar la programación anual de sus actividades. b) Aprobar o desaprobar la gestión institucional y las cuentas del ejercicio. c) Elegir regularmente a los miembros de la Junta Directiva conforme lo previsto en los presentes Estatutos. d) Nombrar al Director General y aprobar el nombramiento de los Directores Generales Adjuntos. e) Deliberar y resolver sobre todos los asuntos del CIP que no hayan sido reservados a otros órganos conforme al presente Estatuto.