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Artikel decimo tercero Verdrag inzake de erkenning van de internationale rechtspersoonlijkheid van het Internationaal Aardappelcentrum (CIP)
Artículo decimo tercero Impedimentos para ser miembro de la Junta Directiva No pueden ser nombrados miembros de la Junta Directiva: a) Los que sean socios, Directores, representantes legales o apoderados de Sociedades, instituciones, así como los funcionarios públicos que tuviesen intereses opuestos a los del CIP o que tengan intereses en conflicto o incompatibilidad en razón de sus cargos. b) Los funcionarios y Directores de la empresa de auditoría externa que contrate anualmente el CIP, cualquiera que sea su rango o función.