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Artikel decimo primero Verdrag inzake de erkenning van de internationale rechtspersoonlijkheid van het Internationaal Aardappelcentrum (CIP)
Artículo decimo primero De los excedentes y activos Los excedentes económicos de las actividades del CIP no podrán ser distribuidos, ni en todo.ni en parte, entre los miembros, la Junta Directiva u otros funcionarios o personas particulares, por ningún concepto, directa ni indirectamente. Queda obviamente fuera de esta restricción las sumas que el CIP abone a sus funcionarios, asesores, empleados, obreros y, en general, a quienes le presten servicios efectivos como remuneración de los mismos. Estas sumas no constituyen excedentes sino que forman parte de los gastos operativos y están previstas en su presupuesto. Asimismo, los activos del CIP no podrán en ningún caso ser distribuidos, ni en todo ni en parte, entre los miembros, la Junta Directiva u otros funcionarios o personas particulares, por ningún concepto, directa ni indirectamente. En caso de disolución se aplicará la regla prevista en el articulo cuadragésimo quinto de estos Estatutos.